«Consciente de la polémica», Mar España, directora de la AEPD, ha reconocido que el marco legal actualizado en materia de protección de datos ofrece muchas virtudes y garantías para los ciudadanos. Frente a las dudas que ha suscitado el artículo 58 bis de la ley, España ha asegurado que la agencia «no recibe instrucciones de nadie» y ha negado que el regulador haya recibido presiones por parte de grupos políticos para que validar el «spam» político.
«Los partidos políticos no van a poder enviar publicidad personalizada de perfil ideológico», ha subrayado la directora de la agencia, aunque ha manifestado que sí podrán enviar «información general» sobre programas y promesas electorales. «No se les permitirá a los partidos realizar perfiles con datos ideológicos, sexuales, religiosos o de otro tipo que los ciudadanos estén ofreciendo mediante su comportamiento en las redes sociales», ha valorado. No obstante, España ha recordado que las posibles bases de datos recopiladas por grupos parlamentarios deberán destruirse con arreglo a la ley.
En virtud del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), la normativa obliga a las empresas a recopilar el consentimiento explícito de los datos personales del afectado, pero la LOPD establece que, a diferencia de lo exigido al resto de instituciones y colectivos, los partidos podrán estar exentos de hacerlo. Una medida que ha suscitado dudas entre los expertos juristas. La agencia -ha dicho su directora- no va a valorar la redacción de un artículo que ha salido de una enmienda porque tan solo le compete la aplicación e interpretación de la normativa. «La ley tiene importantes mejoras para ganar la privacidad de los ciudadanos», añade.
